Asesoria & Asesores Fiscales

El DOG de 10 de marzo ha publicado la Ley 2/2026 , que modifica e incrementa el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos.

La Ley 2/2026 incorpora modificaciones en el Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos que se clasifica en tres bloques: incremento de tarifas; afectación de los ingresos a fines relacionados con el turismo, modificación del recargo por el Ayuntamiento de Barcelona; y la creación de un recargo por otros municipios.

La tarifa general a la que nos referiremos es la que se aplica al resto de Cataluña, excluida que se aplica a la ciudad de Barcelona ya las demás poblaciones que puedan acordar la aplicación de recargos

Destacamos lo siguiente:

¿Cuál será la tarifa general que se aplicará por cada día de estancia entre el 1 de abril de 2026 y el 31 de marzo de 2027?

1. Hotel de 5 estrellas, gran lujo, camping de lujo y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente 4,50

2. Hotel de 4 estrellas y 4 estrellas superior y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente 1,80

3. Vivienda de uso turístico 1,75

4. Albergues de juventud 0,80

5. Resto de campings y resto de establecimientos y equipamientos 0,90

6. Embarcación de crucero Más de 12 horas 3,00 12 horas o menos 4,50

¿Cuál será la tarifa general que se aplicará por cada día de estancia a partir del 1 de abril de 2027?

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