Asesoria & Asesores Fiscales

Recuerde que no sólo debe presentar resúmenes anuales…

Durante el mes de enero suelen presentarse los resúmenes anuales en materia de IVA y retenciones. No obstante, según qué operaciones se hayan realizado durante el año, también deben presentarse algunas declaraciones informativas. Por ejemplo:

  • El modelo 165, que deben presentar las empresas de nueva creación en las que alguno de los socios pueda tener derecho a las deducciones aplicables en el IRPF a los Business Angels.
  • O el modelo 198, que deben presentar las empresas que han realizado reducciones de capital con devolución de aportaciones, o que han repartido la reserva por prima de emisión entre sus socios.

Tenga en cuenta este tipo de declaraciones. Aunque son excepcionales, no presentarlas puede ser objeto de sanción.

INFORMATIVAS
Hacienda “cruza” la información incluida en estas declaraciones con la que recibe por otras vías (por ejemplo, la remitida por los notarios). Por tanto, conviene presentar estas declaraciones y evitar requerimientos o sanciones de Hacienda.