Recuerde que en noviembre su empresa puede acogerse al Régimen de devolución mensual de IVA (REDEME), presentando ante Hacienda una declaración censal (modelo 036). Con esta opción, a partir de 2025 podrá solicitar la devolución del IVA que resulte a su favor de forma mensual, sin tener que esperar a la última declaración del año.
Si opta por el REDEME, deberá declarar el IVA cada mes y presentar los libros registro por Internet a través del sistema SII (si su empresa factura más de 6.010.121,04 euros al año ya está obligada a ello, por lo que optar por el REDEME no le supone obligaciones adicionales).
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