Asesoria & Asesores Fiscales

La existencia de socios minoritarios puede suponer un inconveniente en caso de que se plantee la venta de la empresa en el futuro. Por ejemplo:

  • Puede suceder que a un inversor interesado en su empresa únicamente le interese adquirir el 100% del capital, y que la operación se frustre porque algún minoritario se niegue a vender.
  • O al revés: que el inversor ofrezca un precio elevado solamente al socio mayoritario (porque le interesa adquirir la mayoría y no le importa tener minoritarios). En este supuesto, los minoritarios se quedarían con un nuevo socio de referencia al que no conocen y sin poder vender sus participaciones a un precio atractivo.

Estas situaciones no quedan recogidas en los estatutos, ya que afectan exclusivamente a las relaciones entre socios. Ahora bien, pueden ser recogidas en unos “pactos para sociales” que las regulen; por ejemplo:

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Categoria

Fiscalidad general