La Agencia Tributaria ha publicado el calendario del contribuyente para 2019, con el objetivo de facilitar el conocimiento de las principales obligaciones tributarias estatales, periódicas y no periódicas, modelos de declaración y plazos a lo largo del ejercicio 2019.
¡Atención! Hay que tener en cuenta que en el momento de la publicación de dicho calendario había proyectos normativos en tramitación, por lo que se podrían producir cambios y modificaciones. En GD Asesoría nos encargaremos de mantenerte informado en todo momento.
Este 2019 nos encontramos con las siguientes novedades:
Desde el 1 de julio de 2017, el SII es obligatorio para empresarios, profesionales y otros sujetos pasivos cuyo período de liquidación coincida con el mes natural. Es decir, es de obligatoriedad para grandes empresas (con una facturación de 6.010.121,04 € en el año anterior), grupos de IVA e inscritos en el REDEME (Registro de Devolución mensual del IVA).
Aquellos que no estén acogidos al SII podrán hacerlo de forma voluntaria ejerciendo la opción en el modelo 036. Dicha opción deberá ejercitarse en el mes de noviembre del año anterior al que deba surtir efecto o en el momento de presentar el alta al comenzar la actividad.
En caso de no renunciar a su aplicación, se entenderá prorrogada para los años siguientes. En caso de que se quiera renunciar, la renuncia deberá llevarse a cabo en noviembre del año anterior en que surta efecto.
¡Importante! Aquellos que apliquen al SII estarán exentos de presentar los modelos 347 y 340. Quedan también exentos de presentar el modelo 390 los contribuyentes que, realizando liquidaciones trimestrales de IVA, tributen sólo en territorio común y realicen actividades en régimen simplificado y/o operaciones de arrendamiento de bienes inmuebles urbanos (aunque realicen, además, actividades por las que no exista obligación de presentar autoliquidaciones periódicas), así como los sujetos pasivos que lleven los libros registro a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria debiendo cumplimentar la información adicional solicitada, en la autoliquidación del último período de liquidación del Modelo 303 de IVA del ejercicio.
Para más información, puede contacto con la asesoría fiscal de GD Asesoría.