Asesoria & Asesores Fiscales

Hasta ahora, cualquier persona podía aportar hasta 8.000 euros al año en un plan de pensiones y descontarse ese importe de la base imponible del Impuesto de la Renta (IRPF). Para los contribuyentes con altos ingresos, estas aportaciones podían aliviar mucho la factura fiscal porque esa desgravación iba directamente al marginal, que llega a superar el 45%. Así, el ahorro de impuestos podía superar los 3.600 euros anuales. Y en los 8.000 euros de beneficio fiscal a las aportaciones quedaba incluida la que se realizase al plan de pensiones de empresa.

Sin embargo, según el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 publicado, el incentivo fiscal para ahorrar en planes de pensiones individuales se reduce de forma drástica, de 8.000 a 2.000 euros. A cambio, se eleva el límite conjunto para aportar a un plan individual y uno de empresa a los 10.000 euros. Así, para exprimir al máximo el beneficio fiscal en 2021 habría que aportar 2.000 euros al plan privado y otros 8.000 euros al plan de empresa.

El problema surgirá para quienes desean seguir ahorrando para la jubilación en su plan de pensiones y no cuentan con uno de empresa (léase, por ejemplo, los trabajadores autónomos).

El Gobierno dice que pretende extender los denominados planes de empleo para que lleguen a todos los trabajadores (lo que incluye pymes y autónomos) y, para lograrlo, está estudiando la posibilidad de obligar a todas las empresas a tener que adscribirse a estos modelos, crear un plan con control público que se pueda contratar por defecto e incluso hacer que el Gobierno haga aportaciones directas a los planes privados de los trabajadores. Sin embargo, de momento, solo ha hecho “una mención” de su intención de crear este gran fondo colectivo y no hay nada concreto al respecto.

A la vista de este escenario, podemos anticiparnos y adoptar una serie de medidas que detallamos a continuación.

1.- Aprovechar al máximo las ventajas fiscales de los planes de pensiones en el ejercicio 2020:

Este 2020 es el último año para aprovechar los incentivos fiscales a las aportaciones privadas a los planes de pensiones hasta 8.000 €. A partir de enero de 2021 solo podremos aprovechar los beneficios fiscales de los planes de pensiones individuales hasta 2.000 €.

2.- Estudiar un Plan de Empresa para 2021:

Cada vez más son las empresas que tienen planes de pensiones y seguros de salud para sus empleados, como es habitual en otros países de tradición anglosajona.

Las pólizas colectivas sirven no solo para aquellas empresas que deban cumplir con obligaciones legales (p.ej. aquellas que, por convenio, deben cubrir determinadas prestaciones: planes de pensiones, premios por antigüedad, seguros de salud, seguros de vida, etc), sino que también pueden ser suscritas voluntariamente por aquellas empresas que quieran obtener ventajas fiscales, buscar una retribución alternativa para sus empleados y/o disponer de herramientas para fidelizar y retener el talento de su capital humano.

Mediante las pólizas colectivas, las empresas pueden ofrecer a sus empleados servicios de alto valor añadido (planes de pensiones, planes de ahorro, planes de jubilación, seguros de salud, seguros de vida, de accidentes, etc.), a precios más competitivos, con ventajas fiscales tanto para la empresa (gasto deducible en el Impuesto sobre sociedades), como para el trabajador (retribución diferida, exenciones -p.e. el seguro médico no se considera rendimiento del trabajo, sino renta en especie a partir de los 500 € por persona y año, lo que significa que hasta 500 € por persona y año no tributa). Asimismo, pueden pactarse retribuciones (normalmente a socios directivos) a través de un seguro de vida, lo que supone una retribución diferida, considerada rendimiento irregular, con un descuento del 30%

3.- Estudiar otros sistemas de ahorro para la jubilación:

El cambio fiscal previsto va a obligar a los ahorradores a diversificar los instrumentos de inversión de cara a su jubilación, y a las gestoras a mejorar el atractivo de los planes de pensiones (a menudo poco rentables y con comisiones demasiado elevadas en proporción a sus resultados).

Los fondos de inversión son una clara alternativa y cuentan con una fiscalidad nada desdeñable. Permiten el traspaso de un vehículo a otro sin tributar por las plusvalías latentes y en el momento del reembolso, el gravamen no es el de las rentas del trabajo, como sucede en los planes de pensiones, sino el del ahorro, que va del 19% al 23%. Y al 26% para la ganancia que exceda de 200.000 euros ya en 2021.

4.- Planificación financiera de las herencias:

El cambio en la fiscalidad de los planes de pensiones también va a influir en la planificación financiera de las herencias. A menudo, y en especial para las rentas más elevadas, el plan de pensiones es una fórmula con la que dejar en herencia un patrimonio financiero, ya que el beneficiario del plan al fallecimiento del titular no tributará por el impuesto de sucesiones. Lo hará a su tipo marginal cuando rescate el plan. Además, si el titular de un plan de pensiones privado sigue haciendo aportaciones al plan –con su consiguiente beneficio fiscal– una vez jubilado, ese dinero ya no será para él sino para sus herederos.

5.- Estudiar el rescate del plan de pensiones:

El alza del tipo máximo para las rentas más altas también será otro elemento importante a la hora de decidir el rescate del plan de pensiones. Las prestaciones tributan al tipo marginal, que en 2021 subiría al 47% para las rentas superiores a los 300.000 euros. Y aunque el rescate del plan suele realizarse cuando el partícipe ya se ha jubilado y por tanto su marginal es menor y se ha alejado del máximo, quizá sea conveniente adelantar a este año 2020 el cobro. En especial si se tienen ya otras rentas como pueden ser rendimientos del alquiler.

Sí se mantiene el beneficio fiscal de la reducción del 40% para los rescates en forma de capital para lo correspondiente a lo aportado hasta el 31 de diciembre de 2006. Tal beneficio fiscal solo puede aplicarse si el plan se rescata en el año de la jubilación o en los dos siguientes, con lo que quien se jubile en 2020, deberá sopesar si rescata ya este año el plan, no solo para aprovechar esa reducción del 40%, sino para pagar menos impuestos si su renta supera los 300.000 euros.

Recordemos que los jubilados en el año 2012 tienen hasta el 31/12/2020 para gozar del 40% de exención fiscal de todas las aportaciones realizadas a planes de pensiones hasta el 2006.

En cualquier caso, es más que conveniente hacer un estudio antes de final de año para aprovechar al máximo la mejor fiscalidad. Si usted lo desea, podemos ayudarle a realizarlo.