Asesoria & Asesores Fiscales

Como ya se ha ido informando en diversas circulares, el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre modificó el Reglamento del IVA para establecer un nuevo sistema de llevanza de los libros registro a través de la Sede electrónica de la AEAT (el denominado abreviadamente SII) a partir del 1 de julio de 2017.

Teniendo en cuenta:

  • que la publicación del Real Decreto 596/2016, se produjo el día 6 de diciembre de 2016
  • y que los sujetos pasivos inscritos en el registro de devolución mensual solo pueden solicitar la baja del mismo en el mes de noviembre
  • y que la renuncia al régimen especial del grupo de entidades del IVA se debe realizar durante el mes de diciembre,

como ya se había anunciado de manera más o menos informal que sucedería, el pasado sábado 27, el BOE se publicó el Real Decreto 529/2017, de 26 de mayo, por el que se ha modificado el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre para habilitar un plazo extraordinario de renuncia desde el día 28 de mayo hasta el día 15 de junio.

Dichas bajas tendrán efectos desde el 1 de julio de 2017.

Además, el Real Decreto aprovecha para establecer que los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado no podrán optar por la aplicación del SII en el ejercicio de 2017.

Esperamos que esta información les resulte de interés.