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¿Es lo mismo ser autónomo que freelance? Estas dos palabras se utilizan como sinónimos muchas veces por los propios trabajadores y puede llevar a confusión. Aunque en la mayor parte de las veces se cumple esta relación, hay que afirmar que se puede trabajar como freelance sin ser autónomo.

¿Qué es ser freelance? Lo conocemos como un profesional que trabaja de forma independiente y vende su actividad a distintos clientes o empresas y que puede facturar sin ser autónomo. Un profesional autónomo también trabaja por cuenta propia pero puede ser, por ejemplo, un autónomo societario y haber montado su propia empresa, entre otras opciones.

Diferencia entre freelance y autónomo: se puede trabajar como freelance sin ser autónomo cumpliendo dos requisitos

En la confrontación entre ambos modelos la diferencia entre freelance y autónomo fundamental es que el trabajador freelance no tiene por qué estar de alta en el Régimen General de Trabajadores Autónomos, aunque de facto si lo esté en la mayor parte de las veces.

Ambos profesionales realizan su trabajo por cuenta propia, aunque pueden compaginarlo con una actividad a cuenta ajena. Sin embargo, para ser freelance sin ser autónomo se tienen que dar unas características determinadas:

  1. El trabajador freelance no puede ganar más del salario mínimo interprofesional (SMI) de forma mensual.
  2. Cuando eres freelance la actividad debe ser eventual, es decir, cosa de una sola vez o que no se repita en el tiempo con las mismas cantidades económicas.

En caso de que una actividad eventual se convierta en habitual, el trabajador freelance estará obligado a darse de alta como autónomo.

Ser freelance en España: IAE y RETA, registros recomendables cuando eres freelance

Aun así, hay que señalar que los profesionales autónomos y freelance deben darse de alta en el epígrafe correspondiente a su actividad en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

También hay que señalar que para una mayor seguridad jurídica se recomienda a los que opten por ser freelance en España que se den de alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos (RETA) ya que hay casos en los que aún sin llegar al SMI se ha multado a los trabajadores.

En la actualidad, hay una tarifa plana de 50€ de cuota durante el primer año para nuevas altas que supone una fórmula muy económica de ser autónomo.

También hay que señalar que estas circunstancias se mantienen en el caso de ser trabajadores por cuenta ajena. Si además de nuestra actividad por cuenta ajena realizamos alguna aunque sea puntual por cuenta propia, deberemos darnos de alta en el IAE y en muchos casos en el RETA y compaginar ambas actividades.

¿Tienen que pagar IVA e IRPF los profesionales autónomos y freelance?

Tanto los autónomos como los freelancers tienen la obligación de emitir factura por sus servicios, estén o no dados de alta en el RETA. En todas las facturas se deberá añadir el 21% de IVA, salvo en las actividades exentas o las que tienen alguna reducción.

Respecto al IRPF, solo aparecerá en la factura si se realiza a una empresa u a otro profesional. En caso de realizar la factura a una persona física no habrá que añadir ni retener el IRPF.