Asesoria & Asesores Fiscales

A partir del próximo día 2 de octubre entra en vigor la obligación de recibir las notificaciones por vía electrónica de las Administraciones Públicas para determinados colectivos. Siendo así, la Agencia Tributaria de Catalunya (ATC) lo está comunicando a los afectados en los últimos días.

Esta obligación afecta a:

  • las personas jurídicas,
  • las entidades sin personalidad jurídica (entre otros, comunidades de bienes, SCP, herencias yacentes, etc.),

    quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera la colegiación obligatoria para los trámites y actuaciones que lleven a cabo con las administraciones públicas en ejercicio de la actividad profesional mencionada, y

    quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

A estos efectos, el ATC ha creado la plataforma eNotum a la que podrá accederse a través de la identificación digital del interesado (firma electrónica).

En consecuencia, todos los afectados, a partir de dicha fecha, recibirán las notificaciones de la ATC exclusivamente por vía electrónica a través de dicha plataforma (no en papel).

En la práctica (y es del todo recomendable hacerlo) se podrá facilitar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono móvil a los que se enviará el aviso de notificación electrónica. En este sentido, debemos tener muy presente que la falta de este aviso no afecta la plena validez de la notificación realizada a través de la plataforma, por lo tanto, el interesado deberá consultar el estado de las notificaciones electrónicas periódicamente.

Desde el Departamento Fiscal del Grupo Vilar Riba estamos a su disposición para aclarar cualquier duda que pueda surgir al respecto.

Categoria

Fiscalidad general

Fuente: Grup Vilar Riba

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