Asesoria & Asesores Fiscales

La entrada en vigor de las modificaciones introducidas y que seguidamente comentaremos es el día 1 de julio de 2021.

A la espera de la aprobación definitiva del régimen de tributación de las operaciones intracomunitarias, que está en estudio y elaboración por la UE, con la reforma ahora publicada se concluye la regulación del tratamiento del IVA del comercio electrónico y se establecen las reglas de tributación de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que, generalmente contratados por internet u otros medios electrónicos por consumidores finales de la Unión, son enviados o prestados por empresarios o profesionales desde otro Estado miembro o un país o territorio tercero.

A continuación, resumimos las novedades contempladas en dicho Real Decreto-ley tomando como fuente la información de la AEAT al respecto.

1. Comercio electrónico

El artículo décimo del RD-Ley 7/2021 incorpora a nuestro ordenamiento interno la Directiva (UE) 2017/2455 del Consejo, de 5 de diciembre de 2017 y la Directiva (UE) 2019/1995 del Consejo de 21 de noviembre de 2019 con lo que se concluye la regulación del tratamiento del IVA del comercio electrónico.

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