Asesoria & Asesores Fiscales

La Agencia Tributaria española ha iniciado una campaña informativa, con la que se pretende revisar los criterios empleados por las empresas en la imputación de la retribución en especie por cesión del uso de vehículos a los trabajadores para su uso particular, en el Impuesto sobre la Renta.

En estas cartas, se destaca el artículo 42 de la Ley del IRPF que establece: “constituyen rentas en especie la utilización, consumo u obtención para fines particulares de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, aun cuando no supongan un gasto real para quien las conceda”.

Este hecho afecta al empleado o al directivo que recibe la renta en especie, que debe tributar en el Impuesto sobre la Renta y en sus empresas que no pueden deducirse el gasto.

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Categoria

Fiscalidad general