Asesoria & Asesores Fiscales

Legislación aplicable

En el ámbito de las operaciones comerciales en España realizadas entre empresas, es de aplicación la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

El 4 de diciembre de 2014 se modificó la Ley con el fin de aumentar la exigencia de la misma. Especialmente respecto a los plazos de cobro y pago, que no podrán ser ampliados por acuerdo entre las partes, con el fin de evitar posibles prácticas abusivas de grandes empresas sobre pequeños proveedores, que den lugar a aumentos injustificados del plazo de pago.

De acuerdo con la Ley, el período de pago no debe superar los 60 días (30 días si el obligado al pago es una Entidad Pública) desde la fecha de recepción de los bienes o la prestación de servicios. Este plazo de pago no puede extenderse por acuerdo entre las partes, la libertad de negociación se ha limitado al período legalmente establecido.

Consecuencias de ampliar el plazo

La Ley 15/2010 establece que las cláusulas acordadas entre las partes respecto a la fecha de pago o las consecuencias del retraso que difieran en términos del plazo de pago establecido en la Ley serán nulas y sin efecto.

Además de la nulidad de la cláusula, la demora en las condiciones de pago que sobrepasen los límites legales será objeto de salvedad en el informe de auditoría. Todas las sociedades tienen el deber de incluir en el modelo normal de la memoria de sus cuentas anuales los plazos de cobro y pago, demostrando si los cobros diferidos de los clientes o los pagos a los proveedores están dentro de los límites legales. Si no cumple con las exigencias de la Ley, podrá ser utilizado como evidencia en las posibles acciones legales que se emprendan contra la empresa.

Los acreedores y/o accionistas pueden solicitar la responsabilidad del Administrador o Director. De acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/2010, es deber del Administrador de la empresa administrarla diligentemente, entendiendo el deber, como el estricto cumplimiento de la legislación nacional e internacional vigente. Por lo tanto, el incumplimiento de los términos de pago establecidos por la Ley podría dar lugar al término de responsabilidad del Administrador, ya sea por daños causados por omisiones contrarias a la ley o por el incumplimiento de su deber de administración diligente.

¹Artículo 4.1.a) Ley 15/2010: 1. El plazo de pago que debe cumplir el deudor será el siguiente:a) Sesenta días después de la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios. Este plazo de pago no podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes.

Propuesta de Ley para ampliar el Régimen sancionador

La Ley actual sobre morosidad, reguladora de las condiciones de pago, no incluye régimen sancionador. No obstante, en junio de 2017, el Grupo Parlamentario Ciudadanos inició la tramitación de la Propuesta de Ley para Fortalecer la Lucha contra la Morosidad en Operaciones Comerciales en España, cuya intención es modificar la Ley 15/2010 sobre Medidas de Lucha contra la Morosidad, proporcionándole un régimen sancionador que permita castigar a quienes no cumplan con los plazos máximos legales de pago.

²Artículo 9 Ley 15/2010: Serán nulas las cláusulas pactadas entre las partes sobre la fecha de pago o las consecuencias de la demora que difieran en cuanto al plazo de pago.
³Artículo 6 Resolución de 29 de enero de 2016, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación con el periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales.

Conclusiones

El plazo de pago no puede extenderse más de 60 días por acuerdo entre las partes (30 días si el obligado al pago en una Entidad Pública).

En las auditorías se revisará que el período promedio de pago a los proveedores o el cobro a los clientes queden reflejados en las cuentas anuales, además de que estén dentro de los límites legales (máximo de 60 días).

El incumplimiento de los términos legales de pago podría generar la responsabilidad del Administrador, ya sea por el daño causado por omisiones contrarias a la ley o por el incumplimiento de su deber de administración diligente.