La transformación digital es una realidad. En pocos años hemos visto como las nuevas tecnologías han revolucionado la forma en la que las organizaciones interactúan, se comunican y desarrollan su actividad económica. En este sentido, las administraciones fiscales no podían quedarse atrás y su respuesta ha sido el Suministro Inmediato de Información (SII).
El SII surge de la necesidad de agilizar los procesos de gestión del IVA, adaptándola al entorno digital. La digitalización de los impuestos permitirá, además, luchar contra el fraude de manera más efectiva.
El Suministro Inmediato de Información (SII) es el nuevo sistema de tramitación del IVA, desarrollado por la Agencia Tributaria (AEAT), para la gestión electrónica de los libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Este nuevo sistema obliga a suministrar la información relativa a los registros de facturación (expedidas y recibidas) a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria en un plazo máximo de cuatro días, incluidas las facturas simplificadas. El plazo se ampliará a 8 días para aquellas organizaciones cuyas facturas sean emitidas por un tercero autorizado.
En una primera fase, el nuevo sistema SII será de carácter obligatorio para aquellas organizaciones que actualmente tienen obligación de autoliquidar el IVA de forma mensual:
- Grandes empresas (facturación superior a 6 millones de euros).
- Empresas inscritas en grupos de IVA.
- Empresas inscritas en el Régimen de Devolución Mensual del IVA (REDEME).
- Todas aquellas empresas que, voluntariamente, decidan sumarse a este nuevo sistema telemático de gestión del IVA.
El sistema de Suministro Inmediato de Información entrará en vigor el próximo 1 de Julio de 2017. Los registros de facturación correspondientes al primer semestre de 2017 se deberán enviar a la Agencia Tributaria antes del 1 de enero de 2018, excepto para aquellas empresas que en 2017 estén presentando el modelo 340, que no están obligadas.
En el caso de las Haciendas Forales (Bizkaia, Araba, Gipuzkoa y Navarra), la entrada en vigor del SII será el 1 de enero de 2018.
- Por vía electrónica, mediante Web Service desde el propio sistema de facturación, basado en el intercambio de mensajes XML.
- Los contribuyentes con pocas operaciones podrán reportar mediante un formulario web.
1. Simplificación y disminución de obligaciones formales. Se eliminarán los modelos:
2. Las organizaciones inscritas al SII tendrán 10 días más de plazo para presentar las declaraciones. Los contribuyentes incluidos en el SII podrán presentar las autoliquidaciones periódicas del IVA durante los primeros 30 días naturales del mes siguiente al periodo de liquidación, en lugar de los 20 días actuales, o durante el mes de febrero, en el caso de la liquidación mensual de enero.
3. Se agilizarán los procedimientos de devolución del IVA. Al obtener información de las operaciones prácticamente en tiempo real, la Agencia Tributaria podrá anticipar las comprobaciones y agilizar así los procedimientos de devolución.
4. Modelo bidireccional. La AEAT emite un acuse o mensaje de respuesta confirmando la recepción de cada declaración, siendo avisado de posibles errores y teniendo la opción de corregirlos a través del sistema con facilidad.
5. Datos fiscales de contraste. Los contribuyentes dispondrán en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria de un libro registro “declarado” y otro “contrastado”, con la información procedente de terceros.
6. Las organizaciones podrán acceder a sus datos fiscales en todo momento, en formato digital.
7. Los errores en la cumplimentación de las obligaciones fiscales se verán reducidos.
8. Modernización, digitalización y estandarización de la llevanza de los Libros de Registro del IVA.
Deloitte ofrece, a través de su solución de SII, un sistema que centraliza toda la comunicación con la Agencia Tributaria (AEAT), poniendo a disposición del cliente un equipo experto en la gestión de impuestos indirectos y expertos en negocio para la revisión del impacto en los procesos.
Los 10 beneficios de la solución ofrecida por Deloitte (D-SSII):