Asesoria & Asesores Fiscales

El contexto de inestabilidad política que vive Cataluña parece haber dado alas a todo el mundo, medios de comunicación incluidos -y a algunos con más imparcialidad que otros, a la hora de debatir las futuras consecuencias que comportaría la llamada desconexión. La fiscalidad y la gestión de tributos ha acaparado muchos titulares y debates a lo largo de las últimas semanas, sobre todo desde que se conociera la supuesta intención del Gobierno catalán de reforzar la Agencia Tributaria de Cataluña con la adjudicación de algunos tributos propios del Estado.

A raíz de todo lo que se ha hablado al respecto, el organismo catalán ha recibido muchas consultas de particulares i empresarios relacionadas con sus obligaciones tributarias; una de las más frecuentes es la siguiente: ¿se puede pagar el IVA del 3r trimestre a la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) en vez de a la Agencia Tributaria estatal? En relación a ello, la ATC ha querido recordar a la ciudadanía qué tributos gestiona y recauda. Nosotros, hoy, queremos hacernos eco de esta información:

Impuestos propios gestionados y recaudados por la Agencia Tributaria Catalana

  • Impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos
  • Impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas
  • Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales
  • Impuesto sobre viviendas vacías
  • Impuesto sobre emisión de gases y partículas a la atmósfera
  • Impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera
  • Impuesto sobre riesgos medioambientales de elementos radiotóxicos
  • Gravamen de protección civil.

Por otro lado, también cabe destacar que la ATC recauda algunos tributos la gestión de los cuales ha estado cedida por el Estado. Éstos son los siguientes:

  • Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actas jurídicas documentadas
  • Impuesto sobre sucesiones y donaciones
  • Impuesto sobre el patrimonio
  • Impuesto sobre el juego.

Así mismo, la ATC también se hará cargo de la gestión ejecutiva de las deudas por tributos locales o por otros de naturaleza no tributaria e ingresos de derecho público que ciudadanos, entidades y empresas tengan pendientes con las administraciones locales, entidades de derecho público y departamentos de la Generalitat, que así lo soliciten.”, ha afirmado también el organismo de gestión tributaria catalán a través de una nota de prensa.

Toda la información relacionada con los tributos que gestiona la ATC la encontraréis, por cierto, aquí ampliada:

Respecto a la Agencia Tributaria del Estado, ésta gestiona y recauda directamente el IVA, el IRPF y el Impuesto de Sociedades, entre otros. Puede consultarse el resto de tributos correspondientes a este organismo en su página web:

Por último, cabe destacar que recientemente la ATC ha puesto en marcha lo que se conoce como Programa de homogeneización de los procesos y mecanismos internos de tramitación de tributos que ingresa el sector público de la Generalitat a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), en virtud del cual la ATC ya gestiona los impuestos de gran parte de las empresas públicas, en cumplimiento de un acuerdo de gobierno y de acuerdo con el marco competencial actual. Más información al respecto, aquí:

Si tienes más dudas relacionadas con las obligaciones fiscales de particulares y/o empresas, siempre puedes contactar directamente con la ATC, a través del correo electrónico consultes@atc.cat. Si queréis contar, además, con el asesoramiento de un equipo multidisciplinar y especialista en la gestión de trámites fiscales, no dudéis en contactar con Palau i Associats. ¡Garantizamos tu tranquilidad fiscal!