Asesoria & Asesores Fiscales

La progresividad tributaria es un concepto del que todos hablan pero que no todos conocen. Parece tan simple como “que pague más quien más tiene”. Pero es tan difícil como concretar su magnitud. Todos, eso sí, coinciden en afirmar que su finalidad es la de redistribuir la riqueza. Sin embargo, esto solo es así si la progresividad se vincula a políticas redistributivas “vía ingreso”. En efecto; si los impuestos financian derechos universales, lo lógico es que la redistribución de la riqueza se haga a través de los ingresos. En estos casos, la riqueza no se redistribuye “vía gasto” porque los impuestos financian derechos a los que todos tenemos acceso. Por ello, la única “vía” de reducir las desigualdades en la distribución de la renta es a través de los ingresos. De ahí, precisamente, la progresividad.

El problema, sin embargo, no es el concepto en sí mismo sino su concreción. Concretar cuanto de más se ha de pagar por cada euro de riqueza que se obtenga de más, se ha convertido en un problema con connotaciones “populistas”. Estaremos de acuerdo en que si la progresividad es muy alta, el sistema será socialmente mucho más justo. Pero estaremos también de acuerdo en que este será muy ineficiente ya que puede distorsionar, y mucho, las decisiones de trabajar, ahorrar, consumir, comprar y/o vender así como desincentivar la creación de riqueza que, nos guste o no, es imprescindible para financiar el Estado social. De ahí nace el conflicto entre progresividad y eficiencia, conflicto que es una realidad internacional. El problema es mucho más grave si tenemos en cuenta que la progresividad afecta especialmente a las rentas del trabajo. Por ello, si aquella se incrementa, se las penaliza todavía más a pesar de que tal incremento recaiga sobre las rentas más altas.

La solución a la actual “subjetividad”, es que la progresividad no se vincule al diseño de los tipos sino, y fundamentalmente, al nivel de renta a partir del cual se considera que hay riqueza gravable. De esta forma, la progresividad se vincula al nivel de renta que ha de tributar y su cuantificación es más objetiva. Nos estamos refiriendo a que la progresividad se consiga a través de un tipo impositivo general que grave la renta que exceda del importe que corresponda a las necesidades básicas, esto es, y como mínimo, el umbral de pobreza; tipo que se habría de complementar con otro incrementado que grave el exceso de determinado nivel de renta.

Sea como fuere, es ya urgente la reforma integral del sistema tributario en la que, entre otras cuestiones, se replantee la financiación del gasto público, se “ensanchen” bases, se reflexione sobre la conveniencia de introducir una ligera progresividad en el Impuesto sobre Sociedades, se incentive la creación de riqueza, y se eliminen los déficits redistributivos que hoy existen. En definitiva, más “posibilismo” y menos “populismo fiscal”.

Antonio Durán-Sindreu
Socio Director
Profesor de la UPF