Asesoria & Asesores Fiscales

El 26 de febrero entra en vigor el nuevo convenio en materia fiscal entre España y Andorra, que tiene como objetivo evitar la doble imposición y luchar contra el fraude fiscal.

El acuerdo hace referencia al tratamiento de dividendos, intereses, cánones y ganancias patrimoniales, equivalentes a las existentes en el convenio entre Francia y Andorra, que permiten evitar la doble imposición.

Entre las novedades, se encuentra un artículo en relación a los artistas y deportistas españoles que fijan su residencia en Andorra para reducir los impuestos que deben abonar. Así, las rentas de un residente de un Estado que obtenga en el ejercicio de su actividad personal en el otro Estado en calidad de artista del espectáculo, de músico o de deportista, pueden someterse a imposición en ese otro Estado.  

Este artículo también figura en los convenios fiscales firmados por España con Alemania, Francia e Italia, ya que sigue el modelo de la OCDE.

Antes de la entrada en vigor de este convenio, los artistas y deportistas residentes en Andorra tributaban por sus ganancias en Andorra al 10% y al 24% en España por el impuesto de la renta de los no residentes, con lo que pagaban menos impuestos.

Por otra parte, el acuerdo puede llevar a que algunas empresas españolas se radiquen en Andorra para beneficiarse de un impuesto de sociedades más ventajoso.  

Además, el convenio incluye un artículo sobre información fiscal que amplía los efectos del acuerdo de intercambio de información firmado por ambos países en enero de 2010.