Asesoria & Asesores Fiscales

Desde la aprobación, este pasado julio, del Plan para la reactivación económica y protección social de Cataluña, el Gobierno catalán ha iniciado una carrera ascendente para la creación de medidas y la movilización de proyectos que permitan la captación de fondos Next Generation EU (“NGE”).

Mediante el documento “Next Generation Catalonia” el gobierno catalán se identificaron 27 proyectos emblemáticos con capacidad para movilizar más de 41.000 millones de euros, y con el objetivo de aumentar la competitividad y el potencial de desarrollo de Cataluña y afrontar un horizonte de recuperación económica tras los efectos producidos por la actual crisis sanitaria del COVID-19.

Los principales ejes estratégicos en los que se ha centrado la selección de proyectos por parte de la Comisión para la elaboración del Plan para la reactivación económica y protección social (“Coreco”) se centran en los siguientes objetivos:

  • Economía para la vida
  • Transición ecológica
  • Transformación Digital
  • Sociedad del conocimiento
  • Vectores transversales (industrialización, turismo inteligente, comercio/servicios/artesanía y moda e Infraestructuras para un territorio competitivo)

Para impulsar la tramitación y consecución de los proyectos el gobierno catalán ha aprobado el Decreto Ley 5/2021, de 2 de febrero, por el que se aprueban medidas urgentes para la implementación y gestión de los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y de los fondos REACT-EU para la Administración de la Generalitat de Catalunya y el sector Público (en adelante “Decreto Ley 5/2021”).

Con dicho Decreto se pretenden desarrollar y ajustar en el ámbito de la Comunidad Autónoma, las medidas que, con carácter básico estableció el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en lo sucesivo, el «Real Decreto-ley 36/2020») que fue objeto de comentario y análisis en nuestra Circular de fecha 15 de enero de 2021.

Las líneas principales sobre las que se vertebran las medidas adoptadas se focalizan en el refuerzo de los mecanismos de colaboración público-privada y en la disposición de procedimientos, principalmente en el ámbito de la contratación pública simplificados, ágiles y con transparencia.

En concreto, se definen los siguientes cuatro ámbitos de actuación:

1. Contratación pública:

El Decreto Ley 5/2021 refuerza las medidas de carácter básico de reducción de plazos e incremento de los umbrales de los procedimientos abiertos y simplificados ya previstos en el Real Decreto-ley 36/2020, centrándose, además en la promoción de la contratación pública estratégica y de calidad y la innovación.

  • En concreto:

Incorporación transversal y preceptiva de criterios sociales y medioambientales, de digitalización e innovación y de responsabilidad social corporativa en todos los contratos de la Administración, de las entidades de su sector público y de las universidades públicas.

Dichos criterios deben: (i) tener relación con el objeto del contrato; (ii) facilitar el acceso a las pequeñas y medianas empresas (PYMES), a las empresas de economía social y a las empresas emergentes; y (iii) valorar la aportación en conocimiento.

Modelos de pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas.Su uso se establece con carácter preferente y se aprobarán por la Dirección General de Contratación Pública y las entidades locales.

  • Se incluirá:

· En relación con los lotes: se limitará su número para facilitar el acceso de pequeñas y medianas empresas (PYMES).

· En relación con la agilización de trámites: se eliminan trámites como el informe de los servicios jurídicos.

· En relación con los criterios de solvencia: en los contratos no armonizados se adaptarán a las empresas de nueva creación.

  • En relación con los criterios de valoración de las ofertas:

- se priorizarán los criterios evaluables mediante fórmulas (sólo el 35% corresponderán al precio).

– se incluirán criterios de adjudicación y/o condiciones especiales de ejecución específicas (estabilidad laboral, incorporación de personas en riesgo de exclusión, comercio justo, criterios ambientales, de digitalización y de innovación y conocimiento, de fomento de las pymes y de las entidades del tercer sector, entre otras).

  • Procedimiento

· Promoción de las consultas preliminares de mercado limitando el plazo de duración a un mes desde la publicación del anuncio en la Plataforma de Servicios de Contratación Pública.

· Se establece como procedimiento ordinario de tramitación el de urgencia, control y al seguimiento de los contratos financiados con los fondos

· Refuerzo de la figura del responsable del contrato.

· Creación de una Comisión mixta de Seguimiento.

2. Gestión presupuestaria

Medidas para la identificación de los créditos presupuestarios financiados y para los gastos asociados a los proyectos.

  • Identificación mediante el código de referencia único del proyecto o iniciativa asignado por la Autoridad de gestión nacional del programa o mecanismo comunitario correspondiente y el de la entidad a que correspondan.
  • Posibilidad de adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual con el límite del año 2026 para el MMR y el año 2023 para el FR-E.

3. Subvenciones y ayudas

Procedimiento y trámites

· Se establece la posibilidad de publicación simultánea las bases reguladoras y las convocatorias de las subvenciones.

· Para subvenciones con importe inferior a 100.000 euros se permite sustituir la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social por una declaración responsable.

· En determinados casos se permite la mera presentación de la cuenta justificativa para la justificación del gasto.

4. Colaboración público-privada (Convenios y consorcios)

  • Convenios

· Carácter preferente en su tramitación, supresión de trámites y suscripción anticipada;

· La Administración podrá adelantar el 50% del importe total a percibir para que se ejecuten las actuaciones preparatorias de las que finalmente serán financiadas.

· Publicación en el Registro de convenios de colaboración y cooperación de la Generalitat de Cataluña.

. Consorcios de cooperación

  • · Funciones

– Ejecución de proyectos conjuntos entre administraciones o con el sector privado;

– Otorgar líneas de ayuda a particulares, empresas o municipios;

– Convocar licitaciones públicas;

– Promocionar proyectos de I’R+D+I, entre otros.

· Su duración se limita a 6 años des de su constitución (plazo equivalente al dispuesto para la ejecución de los proyectos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y de los Fondos REACT).

5. Función pública

Metodología de trabajo

  • Por programas.
  • Mediante los medios personales actuales (o personal interino o laboral temporal con contratos inferiores a 4 años), ofreciendo medidas de movilidad y flexibilidad.
  • Creación de la figura de Dirección de programas con el objetivo de profesionalizar la Administración mediante la incorporación de profesionales altamente cualificados, con contratos de duración inferior a 4 años.

De acuerdo con lo que ha sido expuesto, Cataluña está lista para la recepción de fondos NGE para la ejecución de proyectos con capacidad resilente y tractora. La presentación de los mismos sigue abierta hasta que el Gobierno catalán y el Ejecutivo estatal hagan públicas las convocatorias iniciales para solicitar los fondos.