Asesoria & Asesores Fiscales

Durante el plazo máximo de 9 meses a contar desde el cierre del ejercicio, las empresas que cumplan los requisitos que se detallan a continuación, deben presentar ante el Registro de Inversiones, la memoria anual relativa al desarrollo de la inversión extranjera en empresas españolas.

Están obligadas a presentar la Memoria anual las siguientes entidades:

  • Las sociedades españolas con capital o fondos propios superiores a 3.005.060,52 euros cuando la participación total de no residentes sea igual o superior al 50% del capital o si un solo inversor no residente tiene una participación igual o superior a 10% del capital o del total de los derechos de voto.
  • Las sociedades españolas “holdings” o sociedades tenedoras de acciones de sociedades españolas o extranjeras, independientemente de su cifra social o fondos propios cuando la participación total de no residentes sea igual o superior al 10% del capital o del total de los derechos de voto.
  • Las sucursales en España de empresas extranjeras cualquiera que sea su cifra de capital o patrimonio.

En la declaración se deberá informar de los datos identificativos de la entidad declarante, así como los datos relativos a la actividad principal y el CNAE. Junto a estos, y con mayor detalle, destacamos algunos de los datos económicos que deben consignarse también:

  • Capital social o dotación, patrimonio neto, cifra de negocio.
  • Financiación desde sociedades titulares no residentes y del grupo exterior: se deberá consignar el saldo de las operaciones de financiación concedidas a la empresa española.
  • Financiación a sociedades titulares no residentes o del grupo: se deberá consignar el saldo de las operaciones de financiación concedidas por la empresa española a sociedades no residentes y del grupo exterior.
  • Resultado contable, resultado ordinario y extraordinario del ejercicio después de impuestos.
  • Dividendos aprobados y distribuidos en el ejercicio.


Finalmente se deberá informar sobre los datos relativos al activo de la empresa y sus empleados, así como los datos relativos a la participación extranjera total.

Una vez cumplimentada la declaración, ésta deberá ser firmada y se deberá autorizar o no el acceso para que la Subdirección General de Inversiones exteriores pueda obtener los datos del Impuesto sobre Sociedades a la Agencia Tributaria.

De acuerdo con lo expuesto, las sociedades y sucursales cuyo ejercicio coincida con el año natural, deberán presentar durante este mes de septiembre la declaración referida al ejercicio 2017.

Arantxa Hernández