Asesoria & Asesores Fiscales

Con efectos desde el 1 de enero de 2018, la deducción por maternidad (establecida hasta la fecha señalada en un importe de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años) se puede incrementar hasta en 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente con derecho a la misma haya satisfecho en el período impositivo gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

Podrán beneficiarse de esta deducción quienes tengan derecho a la deducción por maternidad y hayan satisfecho gastos de guardería del hijo menor de tres años en el período impositivo en que el hijo menor cumpla tres años. El mencionado incremento se puede aplicar respecto de los gastos incurridos con posterioridad al cumplimiento de dicha edad hasta el mes anterior a aquél en el que el hijo pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil.