Mediante auto de fecha 14/06/2016 la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha elevado al Tribunal Constitucional varias cuestiones de inconstitucionalidad contra diversos artículos de la Ley 15/2012, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, manifestando sus dudas sobre la constitucionalidad de tres impuestos regulados en dicha norma:
- Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica ,
- Impuesto sobre la Producción de Combustible Nuclear Gastado y Residuos Radioactivos ,
- y el Impuesto sobre el Almacenamiento de Combustible Nuclear Gastado y Residuos Radioactivos.
Según una nota emitida por el Consejo del Poder Judicial: “ En los tres casos, la Sala tiene dudas sobre la finalidad medioambiental de dichos impuestos, que los magistrados entienden que podrían estar gravando el mismo hecho imponible o la misma manifestación de riqueza ya gravada por otros impuestos, por lo que creen que el Tribunal Constitucional debe dilucidar si vulneran el artículo 31.1 de la Constitución”.
Tal y como ya adelantamos en febrero 2014 a través de circular, existen serias dudas sobre la posible inconstitucionalidad del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica que ahora, si cabe, son reforzadas por el Tribunal Supremo.
En este sentido , si el Tribunal Constitucional estimara la vulneración constitucional en cualesquiera de los tres impuestos mencionados , dependiendo de los efectos de la sentencia , ésta podría favorecer sólo a aquellos contribuyentes que hubiesen iniciado un procedimiento contr a la conveniencia del tributo y, en consecuencia, que hayan interrumpido el periodo de prescripción de las autoliquidaciones presentadas.