Asesoria & Asesores Fiscales

No obstante, en el caso que el importe resulte a ingresar el plazo para domiciliar finaliza el 26 de junio. En los demás casos de declaraciones a devolver, con renuncia a la devolución o a ingresar sin domiciliación-es decir, con cargo en cuenta-, la presentación podrá hacerse hasta el 1 de julio.

La principal novedad que presenta esta campaña es la supresión de la posibilidad de la presentación de la declaración en papel, por lo que la presentación es obligatoria por vía telemática.

Por otra parte, la presente campaña de IRPF y Patrimonio 2017 presenta algunas novedades tributarias de limitado impacto y de aplicación directa, como:

  • El aumento de las reducciones por rendimientos del trabajo.
  • El incremento de los importes exentos de las becas de estudio y formación de investigadores.
  • El incremento del porcentaje de deducción al 30% de las inversiones en empresas de nueva o reciente creación y de la base de deducción hasta 60.000 euros anuales (antes 50.000 euros).
  • En el ámbito familiar se aumentan distintas deducciones como:
    • La deducción por maternidad se incrementa en 1.000 euros cuando se satisfagan gastos de guardería o centros de educación infantil de hijos menores de 3 años.
    • Las deducciones por familia numerosa también aumentan a 600 euros por hijo que exceda del número mínimo para ser familia numerosa.
    • Existe una nueva deducción por el cónyuge no separado legalmente con discapacidad y sin rentas anuales de más de 8.000 euros.
    • Los contribuyentes residentes en España, pero con miembros de la unidad familiar residentes en otros estados de la Unión Europea que les impida presentar declaración conjunta, podrán aplicar una nueva deducción que equiparará la cuota a la que hubiesen satisfecho si todos los miembros fuesen residentes en España.

Además, cabe recordar que conforme a la Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018 no deben declararse las prestaciones de paternidad y maternidad pagadas por la Seguridad social o por las mutualidades alternativas a dicho régimen.

La complejidad que pueden presentar las declaraciones -debido a las reformas aprobadas en los últimos años- hace necesario agilizar la obtención de todos los datos para realizar un análisis exhaustivo de la casuística de cada declaración.

Arantxa Hernández