Asesoria & Asesores Fiscales

Con la llegada del nuevo año fiscal, debemos tener en cuenta las fechas para presentar los diferentes modelos necesarios para la Agencia Estatal de Administración Tributaria. En este artículo te traemos las fechas indispensables para el calendario fiscal 2018, de manera que no se te olvide nada.

Enero

Enero es uno de los meses más importantes en el calendario fiscal 2018. Nos tocará presentar los diferentes modelos en los siguientes plazos:

1-20 de enero

Modelos 111 (Retenciones practicadas a trabajadores, profesionales o empresarios) y 115 (Retenciones practicadas por alquileres) sobre las retenciones del cuarto trimestre de 2017.

1-30 de enero

Durante todo el mes podremos pagar lo correspondiente con el IVA y el IRPF. Si te perdiste en cómo recuperar el IVA de tus facturas no cobradas, aún estás a tiempo de ponerte al día.

Modelo 303: Autoliquidación del IVA del 4º trimestre de 2017. Si hemos realizado operaciones intracomunitarias también tendremos que presentar el modelo 349.

Modelo 130: Liquidación parcial del IRPF del 4º trimestre por estimación directa. Si la realizamos por estimación objetiva deberemos utilizar el modelo 131.

Modelo 390: Resumen del IVA del año 2017.

1-31 de enero

Modelo 180 y 190: Las versiones del 111 y 115, retenciones a trabajadores y alquileres en versión anual.

Febrero

1-28 de febrero

Modelo 347: Este mes solo tendremos que presentar un documento: la declaración de operaciones con terceros del año 2017.

Impuesto de sociedades: Pago fraccionado del ejercicio en curso

Marzo

No hay nada que presentar en el calendario fiscal 2018 durante el mes de marzo.

Abril

1-20 de abril

De nuevo, toca presentar los modelos 111 y 115 de retenciones sobre trabajadores, profesionales y empresarios y sobre alquiler del primer trimestre de 2018.

Modelo 303: Autoliquidación del IVA del primer trimestre del año. Si hemos realizado operaciones intracomunitarias también tendremos que presentar el modelo 349.

Modelo 130 y 131: Pago fraccionado del IRPF. Elegiremos el 130 si lo hacemos por estimación directa y el 131 se realizamos la estimación objetiva.

Mayo

11 de mayo – 25 junio

Durante todo el mes de mayo, lo único que tendremos que presentar es la Declaración de la Renta, en caso de no haberlo hecho el mes anterior.

Junio

El plazo para presentar la Declaración de la Renta terminará el 25 de junio.

Julio

De nuevo, tendremos que presentar los modelos trimestrales.

1-20 de Julio

Modelo 111: Retenciones sobre empresarios, trabajadores o profesionales.

Modelo 115: Retenciones sobre alquileres.

Modelo 130 y 131: Pago fraccionado del IRPF. Elegiremos el 130 si lo hacemos por estimación directa y el 131 se realizamos la estimación objetiva.

Modelo 303: Autoliquidación del IVA del segundo trimestre de 2018. Si hemos realizado operaciones intracomunitarias también tendremos que presentar el modelo 349.

1-25 de julio

Impuesto de Sociedades. Declaración anual del 2017 con el modelo 200.

Agosto

El calendario fiscal 2018 de agosto no tienen ninguna fecha a tener en cuenta.

Septiembre

Tampoco en septiembre tendremos que preocuparnos por presentar nada.

Octubre

Este mes tocará volver a presentar los modelos trimestrales.

1-20 de octubre

Modelos 111 y 115 sobre retenciones a trabajadores, empresarios o profesionales y el alquiler.

Modelo 130 o 131 para el pago fraccionado del IRPF del tercer trimestre.

Modelo 303 y 349: Para la autoliquidación del IVA del tercer trimestre de 2018. El segundo modelo solo es necesario si hemos realizado operaciones intracomunitarias.

Impuesto de sociedades: Pago fraccionado del ejercicio en curso y presentación del modelo 202.

Noviembre

Sin documentación a presentar.

Diciembre

El último mes del año, será también uno de los que tengamos más gestiones que realizar.

1-20 de diciembre

Por una parte, tendremos que presentar el pago fraccionado del impuesto de sociedades y el modelo 202.

1 de diciembre -2 de enero

Por otro, tendremos que presentar dos modelos más:

Renta: Renuncia o revocación estimación directa simplificada y estimación objetiva para 2018 y sucesivos, modelos 036 y 037.

IVA: Renuncia o revocación regímenes simplificado y agricultura, ganadería y pesca para 2018 y sucesivos, modelos 036 y 037.

Si no quieres preocuparte por saltarte ninguna fecha del calendario, deja que nuestros asesores fiscales de Anta Consulting se encarguen de presentar todos los documentos.